Incoterms 2020: qué son y quién paga el transporte dentro de Chile
Las reglas Incoterms® son 11 términos de tres letras, como FOB o CIF, que publica la Cámara de Comercio Internacional (ICC). Dicen qué costos y qué riesgos asume el vendedor y cuáles el comprador en una compraventa. La versión vigente es Incoterms® 2020. El costo que más se olvida al importar es el camión del puerto a tu bodega: aquí verás, regla por regla, a quién le toca pagarlo.
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En corto
- Son 11 reglas de la ICC. La vigente es Incoterms® 2020, desde el 1 de enero de 2020.
- Cada regla dice hasta dónde paga el vendedor y desde dónde corre el riesgo del comprador.
- Si importas con EXW, FCA, FAS, FOB, CFR o CIF, el camión del puerto a tu bodega lo pagas tú.
- Con CPT, CIP, DAP, DPU o DDP, depende del lugar convenido: si es tu bodega, lo paga el vendedor.
¿Cuál es la versión vigente de los Incoterms?
La versión vigente es Incoterms® 2020. Entró en vigor el 1 de enero de 2020 y es la más reciente de la ICC, que publica estas reglas desde 1936.
Si buscaste "Incoterms 2023", esa versión no existe. La ICC ya empezó a revisar las reglas, y sus comités nacionales informan que la próxima versión, Incoterms® 2030, se lanzaría a fines de 2029. Hasta entonces rigen las de 2020, según ICC Austria.
¿Buscas el PDF de los Incoterms 2020? El texto oficial lo vende la ICC en su tienda. La misma ICC ha advertido que en internet circulan versiones falsas de las reglas, así que desconfía de los PDF gratis que dicen traer el texto completo.
En la cotización o el contrato, la regla se escribe con el lugar y la versión. Por ejemplo: "FOB San Antonio, Chile, Incoterms® 2020". El lugar pesa tanto como la sigla, como verás en la tabla de más abajo.
Los 11 Incoterms en dos grupos
La ICC separa las reglas según el tipo de transporte. Junto a cada sigla va el nombre que usa el Servicio Nacional de Aduanas en sus declaraciones.
Para cualquier modo de transporte
- EXW, En fábrica: el vendedor deja la carga lista en su bodega, sin cargarla al camión. El comprador hace todo lo demás, incluida la exportación. Más en qué es EXW.
- FCA, Franco transportista: el vendedor entrega la carga al transportista del comprador, en su bodega o en otro lugar convenido, y hace los trámites de exportación.
- CPT, Transporte pagado hasta: el vendedor paga el transporte hasta el destino convenido, pero el riesgo pasa al comprador cuando entrega la carga al primer transportista. Más en CIF vs FOB, CFR y CPT.
- CIP, Transporte y seguro pagados hasta: como CPT, pero el vendedor además contrata un seguro, con una cobertura más alta que en CIF.
- DAP, Entregada en lugar acordado: el vendedor lleva la carga hasta el lugar convenido y la deja lista para descargar. Más en DAP, DDP y DPU.
- DPU, Entregada en lugar descargado: como DAP, pero el vendedor descarga. Reemplazó a la antigua DAT en 2020.
- DDP, Entregadas derechos pagados: como DAP, y además el vendedor hace los trámites de importación en tu país y paga sus derechos.
Solo para transporte marítimo y fluvial
- FAS, Franco al costado del buque: el vendedor deja la carga junto al barco, en el puerto de embarque.
- FOB, Franco a bordo: el vendedor deja la carga a bordo del barco, en el puerto de embarque. Más en qué significa FOB.
- CFR, Costos y flete: como FOB, pero el vendedor paga el flete marítimo hasta el puerto de destino.
- CIF, Costos, seguro y flete: como CFR, y además el vendedor contrata un seguro con la cobertura mínima.
Si tu carga viaja en contenedor, la ICC aconseja FCA en vez de FOB. Las reglas solo marítimas están pensadas para carga a granel, que se entrega en el costado o a bordo del barco. El contenedor, en cambio, se entrega en el terminal, muchas veces días antes del embarque.
¿Quién paga el camión dentro de Chile con cada Incoterm?
Es la pregunta que más pesa en tu presupuesto, y casi nadie la responde. La respuesta sale de dónde termina la obligación del vendedor en cada regla. Si importas, el tramo es del puerto chileno a tu bodega. Si exportas, es de tu bodega o planta al puerto chileno.
| Regla | Importas | Exportas |
|---|---|---|
| EXW | Tú | Tu cliente |
| FCA | Tú | Depende |
| FAS | Tú | Tú |
| FOB | Tú | Tú |
| CFR | Tú | Tú |
| CIF | Tú | Tú |
| CPT | Depende | Tú |
| CIP | Depende | Tú |
| DAP | Depende | Tú |
| DPU | Depende | Tú |
| DDP | Depende | Tú |
Cuando dice "depende", manda el lugar convenido:
- EXW al exportar: tu cliente manda el camión a tu bodega. Tú no estás obligado a cargarlo, así que acuerda por escrito quién carga.
- FCA al exportar: si el lugar convenido es tu bodega, tu cliente manda el camión y tú lo cargas. Si es otro lugar, como un depósito o el terminal del puerto, tú pagas el camión hasta ahí.
- CPT y CIP al importar: el vendedor paga el transporte hasta el destino que fija el contrato. Si ese destino es tu bodega, el camión lo paga él; si es el puerto, lo pagas tú. Ojo: el riesgo ya es tuyo desde el origen, aunque el vendedor pague.
- DAP, DPU y DDP al importar: el vendedor paga hasta el lugar convenido. "DAP bodega en Quilicura" incluye el camión; "DAP San Antonio" no, y ese tramo lo pagas tú. En DAP descargas tú; en DPU descarga el vendedor.

Las reglas Incoterms se usan en el contrato de compraventa, entre tú y tu proveedor o tu cliente. El camión se contrata aparte, y lo contrata quien tiene que pagarlo según la regla. Si te toca a ti, revisa las empresas de transporte de contenedores del directorio.
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Los que más vas a ver: FOB, CIF, EXW y DAP
No hay una estadística pública que diga cuál se usa más en Chile. Estas cuatro son las que conviene entender primero, porque cubren los casos típicos: comprar puesto a bordo, comprar con flete pagado, retirar en la fábrica y recibir en destino.
FOB: la carga puesta a bordo
Si importas FOB, pagas desde que la carga sube al barco en el origen: flete marítimo, seguro, desaduanaje en Chile y el camión a tu bodega. Si exportas FOB, pagas el camión hasta San Antonio o Valparaíso, la exportación y la carga a bordo. Te lo explicamos en FOB: qué significa y qué transporte te toca pagar.
CIF: flete y seguro pagados hasta Chile
El vendedor paga el flete y un seguro con cobertura mínima hasta el puerto chileno. Pero el riesgo del viaje es tuyo desde que la carga sube al barco en el origen, y el camión del puerto a tu bodega también lo pagas tú. Compara las dos en CIF vs FOB: quién paga cada tramo.
EXW: retiras en la fábrica
Pagas todo desde la bodega del vendedor, incluida la carga al camión y la exportación en su país. Por eso la ICC aconseja usar FCA cuando la carga cruza una frontera. Te lo explicamos en EXW o Ex Works: quién contrata el camión.
DAP: te la llevan al lugar convenido
El vendedor paga hasta el lugar convenido y tú descargas. Revisa si ese lugar es tu bodega o el puerto: de eso depende si tienes que contratar un camión. Más en DAP, DDP y DPU: los Incoterms con entrega en destino.
Un dato de Aduanas: en la declaración de importación, CIF, CFR, EXW, FAS, FOB, FCA y DDP tienen un código propio. CPT, CIP, DAP y DPU se declaran con el código de "otra" cláusula.
Qué revisar antes de cotizar el transporte terrestre
Antes de pedir precio por el camión, ten a mano estos datos. Te ahorran idas y vueltas con el transportista.
- La regla y la versión. Por ejemplo, "CIF San Antonio, Incoterms® 2020". Están en la factura, la proforma o el contrato.
- El lugar convenido exacto. El puerto, el terminal o la dirección. Con CPT, CIP, DAP, DPU y DDP, ese lugar define si el camión lo pagas tú.
- Quién carga y quién descarga. En EXW el vendedor no carga; en DAP el vendedor no descarga y en DPU sí. Si no está claro, acuérdalo por escrito antes de mandar el camión.
- Los plazos en el puerto. La naviera da días libres para retirar el contenedor y devolverlo vacío; después cobra por día. Revisa cómo evitar el demurrage y el detention. Si exportas, el terminal recibe tu carga según el período de stacking que publica para cada nave: confírmalo antes de agendar el camión.
- El tipo de contenedor. De 20 o 40 pies, seco o refrigerado: cambia el camión que necesitas. Revisa las medidas de los contenedores marítimos.
- La ruta. Si tu carga entra o sale por la zona central, cotiza el tramo Santiago–San Antonio o Santiago–Valparaíso.
Si un forwarder coordina tu importación, pregúntale si su servicio incluye el camión hasta tu bodega. Aquí te explicamos qué es un forwarder.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los Incoterms y cuáles son?
Son 11 reglas de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que reparten los costos y los riesgos entre el vendedor y el comprador. Son EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU, DDP, FAS, FOB, CFR y CIF. La versión vigente es Incoterms® 2020.
¿Cuáles son los 11 tipos de Incoterms?
Hay dos grupos. Siete sirven para cualquier transporte: EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP. Cuatro son solo para transporte marítimo y fluvial: FAS, FOB, CFR y CIF.
¿Qué significan FOB y CIF?
FOB es "franco a bordo": el vendedor entrega la carga a bordo en el puerto de embarque, y desde ahí pagas tú. CIF es "costos, seguro y flete": el vendedor además paga el flete y un seguro hasta el puerto de destino. En los dos, el riesgo del viaje por mar es del comprador. Más en CIF vs FOB.
¿Siguen vigentes los Incoterms 2020?
Sí. Son la versión vigente desde el 1 de enero de 2020. La ICC prepara una nueva versión, Incoterms® 2030, que según sus comités nacionales se lanzaría a fines de 2029.
¿Los Incoterms incluyen el transporte dentro de Chile?
Depende de la regla y del lugar convenido. Si importas con EXW, FCA, FAS, FOB, CFR o CIF, el camión del puerto a tu bodega lo pagas tú. Con CPT, CIP, DAP, DPU o DDP, lo paga el vendedor solo si el lugar convenido es tu bodega.
Fuente oficial
Este artículo explica las reglas con palabras propias y no reemplaza su texto. Para el texto oficial, revisa las reglas Incoterms® en el sitio de la ICC. Los nombres en español son los del Anexo 51-21 del Compendio de Normas Aduaneras. Revisado el 24 de octubre de 2026.
Las reglas Incoterms® están protegidas por derechos de autor de la ICC. Incoterms® y el logo de Incoterms® 2020 son marcas registradas de la ICC, y su uso aquí no significa que la ICC respalde o patrocine este artículo.
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